Print this page

El Supremo decidirá si el 'caso Neymar 2' se juzga en Barcelona o en Madrid

IUSPORT Marzo 16, 2021 0

La Audiencia Nacional decidió en 2019 enviar a un juzgado de Barcelona el juicio contra el futbolista Neymar y sus padres por supuestos delitos de corrupción y estafa en el fichaje del jugador en 2013 por el Fútbol Club Barcelona.

El Tribunal Supremo abordará esta semana si el fichaje de Neymar da Silva Santos Júnior por el FC Barcelona, que se produjo en verano de 2013, debe ser juzgado por la Audiencia Provincial de Barcelona o por la Audiencia Nacional, según ha adelantado la Ser.

El alto tribunal va a estudiar este miércoles a puerta cerrada la cuestión de competencia, entre la petición de los imputados, que el caso se juzgue en Barcelona, y la de la Fiscalía pidiendo que se haga en Madrid.

El jugador brasileño llegó al Barça en 2013 procedente del Santos y la investigación del ‘caso Neymar’ arrancaba en la Audiencia Nacional dos años después.

El fondo de inversión brasileño DIS - que tenía entonces parte de los derechos del delantero - denunciaba que el jugador, su padre y los directivos del FC Barcelona habían negociado e inflado el precio del fichaje a sus espaldas para rebajar su parte del pastel del millonario fichaje con 40 millones directo al bolsillo del padre de Neymar.

La sección segunda de la Sala de lo Penal decidió estimar la declinatoria pedida por Neymar y sus padres, a la que se adhirieron los demás acusados en la causa conocida como el caso "Neymar 2", el expresidente del Barcelona, Josep María Bartomeu; su antecesor Sandro Rosell; el propio club catalán; el Santos -equipo brasileño del que provenía Neymar cuando fue fichado por el Barça- y N&N, la empresa de la familia del jugador.

La causa se sigue por delitos de corrupción entre particulares y de estafa a raíz de una denuncia de la empresa DIS, propietaria de una parte de los derechos del jugador.

La resolución, tras examinar las alegaciones de las partes, señalaba que los hechos con relevancia penal “fueron cometidos en Barcelona, ciudad donde se desplegaron las estrategias y conductas criminales engañosas que dieron lugar a la comisión de aquellas, lugar desde donde se produjeron los desplazamientos patrimoniales, ciudad donde se tomaron las decisiones encaminadas a tal fin y donde se produjeron los efectos delictivos producto de las conductas mencionadas, así como la finalidad de todo el entramado delictivo”.

La Audiencia Nacional entendió en 2019 que una vez establecida la jurisdicción española para el conocimiento de los hechos, debe señalarse el órgano judicial competente para el enjuiciamiento de la causa, por lo que de acuerdo con el artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se indica como competente para el conocimiento y fallo de la causa la Audiencia Provincial de la circunscripción donde el delito se haya cometido. Por tanto, dice la Audiencia Nacional, en este caso los Tribunales de Barcelona.

Lo hacía en contra del criterio de la Fiscalía. que recurrió al Supremo, y como ya hizo en la primera causa abierta en la Audiencia Nacional por el fichaje del jugador, el juicio del denominado caso "Neymar 1", que culminó en un acuerdo por el que el Barça pagó 5,5 millones de euros por dos delitos fiscales en el fichaje del delantero brasileño.

En esta nueva causa, abierta a raíz de una denuncia por estafa del fondo DIS, que tenía los derechos de Neymar, la Fiscalía pide 2 años de prisión y diez millones de euros de multa para Neymar, actualmente jugador del PSG francés, y 5 años de cárcel para Sandro Rosell.

Rate this item
(0 votes)