La Justicia avala las competencias del Grado en Ciencias de la AF y del Deporte

IUSPORT Mayo 28, 2021 0

COLEF resalta que "la Sala en ningún caso aprecia que lo que se refleja en dicha Resolución infrinja o invada las competencias de la Fisioterapia como profesión sanitaria titulada y regulada"

El pasado mes de diciembre de 2020, se recibió en el Consejo COLEF notificación del Ministerio de Universidades sobre la demanda interpuesta por el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España (CGCFE) contra la Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades de 17 de septiembre de 2018, por el que se establecen recomendaciones para la propuesta por las universidades de memorias de verificación del título oficial de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (BOE-A-2018-12774).

Este contencioso-administrativo iniciado en 2018 tenía como demandado al propio Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, y no fue hasta 2020 que se considerase como parte interesada al Consejo COLEF, haciéndole en ese momento conocedor de la existencia del expediente judicial, y señalando la posibilidad de personarse en el proceso como codemandado. Inmediatamente, el Consejo COLEF puso en conocimiento de todas las organizaciones firmantes de un comunicado el proceso judicial que estaba en curso, como partes interesadas y afectadas.

Ahora, COLEF, así como otras instituciones relacionadas con la actividad física han confirmado que "la Justicia avala las competencias del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en relación con el ejercicio físico orientado a la salud".

En su comunicación, COLEF resalta que "la Sala en ningún caso aprecia que lo que se refleja en dicha Resolución infrinja o invada las competencias de la Fisioterapia como profesión sanitaria titulada y regulada". El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado "las pruebas documentales presentadas por el Consejo COLEF", entre ellas un informe pericial y técnico.

Respecto a los titulados universitarios en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, COLEF destaca que la sentencia afirma que "no estamos ante una profesión regulada, ni en el marco de una profesión sanitaria, por lo que no pueden lógicamente realizar funciones de Fisioterapeutas, cual señala la demanda y aceptan las demás partes en autos, sin que aquéllos puedan participar en el proceso de curación del lesionado a través del ejército terapéutico".

En la resolución, la Justicia distingue entre el ejercicio físico y la cinesiterapia. Esta última consiste en "la técnica fisioterapéutica a través de la cual se analiza, programa y aplica el movimiento como medida terapéutica, promoviendo la participación del paciente en su proceso". Por su parte, el ejercicio físico "en cuanto herramienta que permite la recuperación o mejora en la condición física de las persona". Ello permite, asimismo, según el tribunal, diferencir entre la readaptación físico-deportiva y la rehabilitación. La primera consiste en "el entrenamiento coadyuvante a tratamientos sanitarios para mantener la condición física y la eficacia de la terapia post-lesión", mientras que la segunda es "lo que lleva a cabo el fisioterapeuta, a lo que responden los planes de estudios de ambas titulaciones".

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