El período protegido, clave en la rescisión del contrato del futbolista

IUSPORT Julio 12, 2021 0

Comprende las tres primeras temporadas desde la firma de su contrato. Tanto si es el jugador como el club quien rescinde de manera unilateral el acuerdo, se expone a una sanción de inhabilitación durante seis meses o imposibilidad de fichar jugadores durante dos ventanas

Una vez que el Barcelona ha decidido rescindir el contrato de Matheus Fernándes, se barajan otros nombres donde podría utilizar este mismo mecanismo. Una herramienta donde resulta clave lo que se conoce como período protegido.

El Reglamento sobre el Estatuto de Trabajadores de FIFA deja claro que se aplicarán una serie de disposiciones siempre que un contrato se rescinda sin causa justificada. En todos los casos, la parte que rescinde el contrato se obliga a pagar una indemnización. Salvo que no se estipule lo contrario en el contrato, la indemnización por incumplimiento se calculará considerando la legislación nacional, las características del deporte y otros criterios objetivos.

Estos criterios deberán incluir, en particular, la remuneración y otros beneficios que se adeuden al jugador conforme al contrato vigente o al nuevo contrato, el tiempo contractual restante, hasta un máximo de cinco años, las cuotas y los gastos desembolsados por el club anterior (amortizados a lo largo del periodo de vigencia del contrato), así como la cuestión de si la rescisión del contrato se produce en un periodo protegido.

Porque el conocido como período protegido del futbolista es clave también en esta ruptura de contrato sin causa justificada. Este período comprende las primeras tres temporadas del contrato del futbolista o los tres primeros años.

Cuando esta rescisión se produce durante este período, el Reglamento de FIFA deja claro que deberán imponerse sanciones deportivas al club.

La sanción consistirá en prohibir al club la inscripción de nuevos jugadores, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, durante dos periodos de inscripción completos y consecutivos. El club podrá inscribir nuevos jugadores, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, solo a partir del próximo periodo de inscripción posterior al cumplimiento íntegro de la sanción deportiva respectiva

Se sancionará además a toda persona sujeta a los Estatutos y reglamentos de la FIFA que actúe de cualquier forma que induzca a la rescisión de un contrato entre un jugador profesional y un club con la finalidad de facilitar la transferencia del jugador.

El jugador también tiene una sanción de cuatro meses sin jugar si rompe el contrato en el período protegido

Lo mismo sucede cuando es el jugador quien rompe este contrato durante este mismo período. Además de la obligación de pago de una indemnización, deberán imponerse sanciones deportivas a un jugador que rescinda un contrato durante el periodo protegido. La sanción consistirá en una restricción de cuatro meses en su elegibilidad para jugar en cualquier partido oficial. En el caso de circunstancias agravantes, la restricción será de seis meses. Estas sanciones deportivas entrarán en vigor inmediatamente después de que se haya notificado la decisión al jugador.

Dichas sanciones deportivas quedarán suspendidas durante el periodo comprendido entre el último partido oficial de la temporada y el primer partido oficial de la siguiente temporada, incluidos en ambos casos las copas nacionales y los campeonatos internacionales de clubes. No obstante, dicha suspensión de las sanciones deportivas no se aplicará si el jugador es miembro habitual del equipo representativo de la asociación que es elegible para representar, y la asociación en cuestión participa en la competición final de un torneo internacional durante el periodo entre el último y el primer partido de la temporada.

El incumplimiento unilateral sin causa justificada o causa deportiva justificada tras el periodo protegido no implicará sanciones deportivas. Fuera del periodo protegido podrán imponerse medidas disciplinarias si la rescisión no se notifica con la debida antelación dentro de los quince días siguientes al último partido oficial de la temporada (incluyendo las copas nacionales) con el club en el que está registrado el jugador. El periodo protegido comienza de nuevo cuando, al renovar el contrato, se extiende la duración del contrato previo.

Así pues tanto el Barcelona como el resto de clubes que pudieran estar estudiando esta variable para poder aliviar masa salarial, deben tener en cuenta todas estas condiciones que están recogidas en la normativa FIFA.

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