Los multados durante el confinamiento podrán recuperar su importe

IUSPORT Julio 17, 2021 0

Independientemente del debate de los juristas sobre si debió o no declararse el estado de excepción, lo que interesa a los ciudadanos, en especial los deportistas, es si pueden recuperar los importes de las multas de que fueron objeto por practicar deporte en la calle durante el confinamiento

Como saben los lectores de IUSPORT, el Tribunal Constitucional ha declarado parcialmente inconstitucional el primer decreto de declaración del estado de alarma aprobado por el Gobierno para combatir la pandemia, una decisión muy ajustada que ha contado con la oposición de cinco de los once magistrados.

Hasta ahora, el Tribunal solo ha dado a conocer la parte dispositiva o fallo, que reza como sigue:

"En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido:

1º Inadmitir la pretensión de inconstitucionalidad dirigida contra la Orden SND/298/2020, de 29 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19.

2º Estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; y, en consecuencia, declarar inconstitucionales y nulos, con el alcance indicado en el fundamento jurídico 2, letra d); y con los efectos señalados en los apartados a), b) y c) del fundamento jurídico 11:

a) Los apartados 1, 3 y 5 del artículo 7.

b) Los términos “modificar, ampliar o” del apartado 6 del artículo 10, en la redacción resultante del artículo único, 2, del Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.

3º Desestimar, en todo lo demás, el recurso de inconstitucionalidad”

El TC informa que en los próximos días notificará el contenido íntegro de la sentencia y de los votos particulares.

Independientemente del debate de los juristas sobre si debió o no declararse el estado de excepción, lo que interesa a los ciudadanos, en nuestro caso los deportistas, es si pueden recuperar los importes de las multas de que fueron objeto por practicar deporte en la calle durante el confinamiento, o simplemente por tramitar por espacios públicos en aquel período.

Un caso sonado fue el del expresidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que fue multado por practicar deporte al aire libre saltándose el confinamiento.

Pues bien, gracias a una filtración de parte de la sentencia, que será notificada en los próximos días, podemos adelantar que todas esas multas que recibieron cientos de ciudadanos por practicar deporte en la calle durante el confinamiento las pueden impugnar y recuperar su importe. Y con intereses, suponemos.

Dice la sentencia aún no publicada: "Si está vedada la sanción penal o administrativa por hechos que en el momento de su comisión no constituyan delito, falta o infracción administrativas, el mantenimiento de la sanción penal o administrativa que traiga causa de una disposición declarada nula vulneraría el derecho a la legalidad penal".

Lógicamente, igual reclamación podrán efectuar los demás ciudadanos que fueron multados simplemente por salir a la calle durante aquel período.

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