La tángana final del Atlético-Villarreal se puede saldar con duras sanciones

IUSPORT Agosto 31, 2021 0

Según el acta arbitral, el atlético Pedro Tomás Reñones "golpeó" a un entrenador rival, mientras que el ayudante de Unai Emery, Imanol Idiakez, discutió "de manera agresiva" con un directivo local

Atlético de Madrid y Villarreal han sumado un punto este fin de semana en un partido marcado por el anecdótico gol en propia puerta del defensa del Villarreal Aissa Mandi en el último minuto. Un tanto que privó a los pupilos de Unai Emery de salir de la espiral de empates con la que han comenzado la temporada y sumar el primer triunfo, ni más ni menos que en una plaza complicada como es el feudo del vigente campeón.

Sin embargo, una vez finalizó el partido con empate a dos, el árbitro del mismo, el toledano del comité riojano César Soto Grado, destacó en el acta una tángana entre miembros de los dos equipos. Unos incidentes que tuvieron como protagonistas al ayudante de Unai Emery, Imanol Idiakez, y a Pedro Tomás Reñones, exjugador del Atlético que trabaja con el primer equipo rojiblanco.

Según el acta arbitral, "tras finalizar el encuentro y encontrándonos en el túnel de vestuarios presenciamos una discusión entre técnicos y jugadores de ambos equipos. En ella observamos al 2º entrenador del Villarreal, D. Imanol Idiakez Barkaiztegi encarándose con un directivo local a gritos de manera agresiva y teniendo que ser sujetado por integrantes de su equipo". Además, el acta también destaca que "del mismo modo presenciamos otro incidente donde una persona del club local identificada por las autoridades como D. Pedro Tomás Reñones Crego golpea con su mano la boca a un miembro del cuerpo técnico visitante".

Lo cierto es que, a tenor de la literalidad de la descripción del acta y lo estipulado en el Código Disciplinario, el responsable rojiblanco podría ser duramente sancionado por el Comité de Competición pues se habla de una agresión una vez terminado el partido. El artículo 137 de la normativa regula las faltas cometidas por jugadores, entrenadores, técnicos, delegados, auxiliares y dirigentes. El precepto estipula que "serán faltas graves, que serán castigadas con suspensión desde cuatro a doce encuentros, o suspensión desde un mes hasta seis meses en caso de dirigentes: b) La agresión a cualquier jugador, técnico auxiliar o integrante de clubes".

El mismo precepto contempla una sanción mayor en el apartado siguiente: "Serán también faltas graves, que serán castigadas con suspensión desde trece a veinticuatro encuentros, o suspensión desde seis meses hasta dos años en caso de dirigentes: a) La agresión a cualquier miembro del equipo arbitral, organización federativa, responsable de clubes, o espectador".

Por su parte, la posible sanción a Imanol Idiakez es más genérica. Por una parte, Competición podría entender su acción como una conducta contraria al buen orden deportivo de carácter leve, pues en ningún momento el acta arbitral habla de agresión, ni acción beligerante similar: "Incurrirán en suspensión de hasta cuatro encuentros o multa de hasta 602 euros aquéllos cuya conducta sea contraria al buen orden deportivo cuando se califique como leve", reza el artículo 122 del Código Disciplinario.

Sin embargo, si por la descripción del acta el órgano disciplinario considera que se trata de una acción 'grave' la sanción puede ser mayor: "Incurrirán en suspensión de cuatro a diez partidos o multa en cuantía de 602 a 3.006 euros aquéllos cuya conducta sea contraria al buen orden deportivo cuando se califique como grave".

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