El Juzgado de lo Social de Gáldar ha notificado las primeras once sentencias por las demandas individuales interpuestas por parte de los trabajadores afectados por el ERE que no se acogieron a las mejoras ofrecidas por el Ayuntamiento.
El magistrado de lo Social considera que las causas de los despidos y criterios de selección del personal afectado fue resuelto por la Sala de lo Social del TSJ de Canarias y el Tribunal Supremo que convalidó el despido colectivo efectuado por la Corporación en febrero de 2012.
Las sentencias notificadas centra el debate sobre si el Ayuntamiento cumplió o no con los requisitos establecidos en la Ley para los despidos individules materializados, y de manera especial sobe la no puesta a disposición de la indenmnización simultaneamente a la notificación de los despidos, lo que la Corporación basó en la falta de tesorería para ello, tal como prevé la legilación laboral.
El Juzgado considera que el Ayuntamiento cumplio con los requisitos que al respecto establece la Ley y acreditó la falta de tesorería para haber puesto a disposición de los trabajadores afectados de la indemnización, por lo que declara procedentes los despidos realizados.