La Consejería de Educación y Juventud del Cabildo de Gran Canaria, ha publicado la Convocatoria de becas para realizar estudios universitarios de grado, postgrado y estudios artísticos en el curso académico 2020/2021.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para cursar estudios postobligatorios de grado, postgrado y estudios artísticos, durante el curso académico 2020/2021.
Las modalidades de becas son las siguientes:
- Titulaciones oficiales o propias de grado: cursadas en cualquier universidad española y adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, conducentes a títulos oficiales de grado.
- Postgrado: Titulaciones oficiales o propias de Doctorado, Máster y Experto, impartidos por cualquier universidad española.
- Curso de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años, impartidos en universidades públicas españolas.
- Enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas artísticas superiores, de acuerdo a los siguientes estudios artísticos:
a) Arte Dramático y Artes Escénicas
b) Artes Plásticas y Fotografía
c) Cultura Audiovisual.
d) Diseño de Moda.
e) Danza.
f) Música.
g) Canto
BENEFICIARIOS:
Aquellos/as estudiantes que cumplan acumulativamente los siguientes requisitos generales para todas las modalidades.
Ser español o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Acreditar su condición de residentes en Gran Canaria, con una antigüedad de al menos un año, debiendo la residencia ser continuada e inmediatamente anterior a la convocatoria y tener domiciliada la renta familiar en Gran Canaria. A estos efectos, se considerará que la renta familiar está domiciliada en Gran Canaria cuando, comprobada la renta del año 2019 de la totalidad de los miembros de la unidad familiar, la persona o personas que hubieran obtenido la mayoría de las rentas computables de aquélla tuvieran su domicilio fiscal en Gran Canaria. Para el cálculo de la renta computable se estará a lo previsto en el artículo 10 de esta convocatoria.
No superar los ingresos económicos establecidos como criterio de valoración en el artículo 10.2.3; esto es, dieciocho mil euros, (18.000 euros). En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, y siempre que los ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no probada la independencia, por lo que, para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca, se computarán los ingresos correspondientes a los miembros computables de la familia.
Acreditar fehacientemente las situaciones familiares especiales, si fuera el caso, aportando la documentación acreditativa al respecto.
REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA CADA MODALIDAD:
Estudios Universitarios de grado:
Acreditar haber solicitado la beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional por los mismos conceptos y curso académico, o acreditar haber solicitado la beca de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, por los mismos conceptos y el mismo curso académico.
Tener asignaturas/créditos de primera y segunda matriculación.
Estudios universitarios de postgrado:
Acreditar estar en posesión de un Título Universitario, Diplomado o Grado.
Estudios artísticos:
Acreditar estar en posesión de algún título básico que acredite estar estudiando rama artística, o en otro caso, un pre matrícula en algunas de las ramas profesionales específicas de la convocatoria.
Este año, de manera excepcional, no será necesario que el alumnado matriculado en la modalidad de enseñanzas artísticas hayan solicitado previamente la beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional por los mismos conceptos y curso académico, o haber acreditar haber solicitado la beca de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, por los mismos conceptos y el mismo curso académico.
A estos efectos, con independencia de la modalidad declarada por el solicitante, el órgano instructor y/o el órgano de valoración podrá, de conformidad con los datos e información que disponga, efectuar el re-encuadramiento en la modalidad que se estime más adecuada o ajustada a la realidad formativa del alumnado solicitante.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Dicha solicitud, podrá formalizarse de la siguiente manera:
NO PRESENCIAL (telemáticamente):
1º.- Entrar en https://becas.grancanaria.com, rellenar los formularios y descargar los impresos cumplimentados (anexo I, anexo II y anexo III-B).
2º.- Firmar electrónicamente los impresos anteriores (anexo I, el anexo II y el anexo III A).
3º.- Entrar en la sede: https://sede.grancanaria.com
4º.- Cumplimentar una instancia general, adjuntando los tres anexos firmados y además la documentación de los apartados 5.2 al 5.3 de la Convocatoria, escaneada y comprimida (en formato zip) en un único fichero.
Los Certificados deben tener código seguro de verificación. Para otorgar validez a la documentación adjunta, ésta debe poseer código de verificación o estar firmada electrónicamente por la entidad o entidades emisoras.
PRESENCIAL:
1º.- Acceder a una de las páginas webs www.grancanaria.com o www.grancanariajoven.es para consultar la convocatoria y cumplimentar la solicitud telemáticamente a través de becas.grancanaria.com.
2º.- Rellenar los impresos complementarios específicos a esta convocatoria (anexo I, anexo II y anexo IIIA) a través de becas.grancanaria.com y "ENVIAR". En ese momento se abrirá un impreso en formato pdf. Imprimir ese impreso y firmar cada anexo donde proceda.
NOTA: en el Anexo III, los datos de "la autoridad o funcionario": "Nombre y Apellidos", "Puesto" y "Administración" se dejan en blanco (serán cumplimentados en el Registro).
3º.- Imprimir cada uno de los impresos y firmarlos, presentándose posteriormente, con la documentación de los apartados 5.2 y 5.3 que indica la convocatoria, en el Registro General del Cabildo de Gran Canaria, sito en la planta baja del edificio administrativo anexo a la Casa Palacio, (entrada por la calle Pérez Galdós), de Las Palmas de Gran Canaria, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
PLAZO:
VEINTE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 16, viernes 5 de febrero 2021. Del 8 de febrero al 8 de marzo de 2021.